PROGRAMA PILOTO DE JUSTICIA TERAPÉUTICA
Creación.

Conoce nuestra actividad legislativa
Los proyectos de ley, pedidos de informe, exposiciones y demás iniciativas que se publican en esta sección corresponden al conjunto de los legisladores del sector. Cada iniciativa indica los legisladores que la firman.
Creación.
Se declara a la localidad de Cabo Polonio, departamento de Rocha
Se autoriza al Banco Central.
Se declara a la ciudad de Sauce, departamento de Canelones.
Se excluye de cobertura financiera estatal a aquellas personas que se encuentran incluidas en el Registro Nacional de Violadores y Abusadores Sexuales.
Se excluye de cobertura financiera estatal a aquellas personas que se encuentran incluidas en el Registro Nacional de Violadores y Abusadores Sexuales.
Regulación.
Se declara el 21 de agosto de cada año.
Establecer estándares mínimos aplicables a la intervención de protección a cargo del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU), a fin de asegurar que dicha intervención sea planificada, coherente, revisable y debidamente fundamentada, y se encuentre centrada en el interés superior del niño, niña o adolescente, cuando implique una separación del medio familiar o una reorganización sustantiva de su vida cotidiana.
Se crea la figura y se regula su participación en la vida de quienes se encuentran bajo el cuidado del Estado uruguayo.
Se declara el 27 de febrero de cada año.
Se establece como requisito excluyente la acreditación de título universitario de grado.
Sustituir los artículos 36 y 37 de la Ley Nº 15.921, de 17 de diciembre de 1997.
Designar con el nombre "Doctor Juan Protasio Nassazzi" al Liceo Nº 1 de la ciudad de Paso de los Toros, departamento de Tacuarembó, dependiente de la Dirección General de Educación Secundaria (DGES) de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP).
Se establece la prohibición de su control a los partidos políticos y fracciones internas
Declarar de interés público la promoción, implementación, evaluación y desarrollo de políticas vinculadas a la educación emocional en todos los niveles y modalidades del sistema educativo, tanto en el ámbito público como privado.
Se establecen limitaciones para su suspensión.
Normas.
La Suprema Corte de Justicia será competente para conocer en única instancia de los juicios que se promuevan para que se declare que una persona se encuentra en una situación incompatible con el cargo público que ocupa, o que ha violado prohibiciones que debió respetar al desempeñarlo.
Modificar los artículos 1° y 2° de la Ley N* 17.940, de 2 de enero de 2006.
El que ofreciere, prometiere o entregare, directa o indirectamente, a un empleado, colaborador, directivo, representante o socio cualquier dádiva o beneficio a cambio de que éste, con abuso de sus facultades o atribuciones, favorezca o haya favorecido a un oferente sobre otro, en perjuicio de competidores, clientes o de la propia entidad, será castigado con pena de veinte meses de prisión a seis años de penitenciaría.
Modificación del artículo 101 del Reglamento de la Cámara de Representantes.
Modificación de la Ley Nº 18.315.
Modificación del marco normativo vigente
Modificación del artículo 10 de la Ley N° 18.471.
Normas.
El Aeropuerto Internacional de Carmelo pasará a denominarse "Aeropuerto Internacional de Carmelo - Aviadora Mirta Vanni
Modificación.
Normas.
Se dispone su instalación en unidades o móviles policiales.
Es obligatoria la educación inicial a partir de /os tres años, la educación primaria y la educación media.
Se establece el derecho a ausentarse del trabajo para su realización y la creación de una licencia especial.
Modificación de las Leyes N° 19.824 y N° 18.191.